Mineduc29 de julio de 2026

Mineduc excluye Desempeño Difícil y Ley 19.410 (Actualizado)

↻ Actualización — 29 de julio de 2026

El Ministerio de Educación informó, en una publicación posterior de Comunidad Escolar, que los pagos de la Ley N° 19.410 (Subvención Adicional Especial) y Desempeño Difícil Docente sí serán cursados, esta vez por la Subsecretaría de Educación. El Ministerio se encuentra realizando los cálculos correspondientes en virtud de la aplicación del artículo 44 de la Ley de Presupuesto vigente. Estas asignaciones corresponden al cálculo de los establecimientos que no han ingresado a Carrera Docente, cuyo ingreso se aplazó para julio de 2027. Respecto de las asignaciones de Carrera Docente para los docentes evaluados en 2025 y notificados por CPEIP, el Mineduc precisó que ya fueron transferidas a los colegios correspondientes, independientemente del ingreso o no al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, ya que la excepción del artículo 44 de la Ley de Presupuesto vigente habilita su pago.

Fuente de la actualización: Comunidad Escolar

Liquidación de subvención escolar julio 2026: Desempeño Difícil Docente y Ley 19.410
Fuente oficial: Mineduc

Mineduc excluye pagos de Desempeño Difícil y Ley N° 19.410 en Subvención de Julio 2026

El Ministerio de Educación (Mineduc) ha informado a los sostenedores de colegios particulares subvencionados sobre una modificación en el proceso de pago de la Subvención Normal correspondiente al mes de julio de 2026. Según un comunicado publicado el 27 de julio en su plataforma Comunidad Escolar, ciertos montos no fueron incluidos en esta liquidación.

Conceptos Excluidos y Colegios Afectados

La medida específica indica que no se incluyeron los montos asociados a los conceptos de Desempeño Difícil Docente y Ley N° 19.410. Esta exclusión afecta a aquellos colegios particulares subvencionados que no hicieron ingreso al Sistema de Desarrollo Profesional Docente (carrera docente).

Fundamento Normativo y Proceso de Revisión

El Mineduc explicó que esta situación se relaciona con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley N° 21.796, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2026. Dicho artículo establece reglas aplicables a profesionales de la educación dependientes de sostenedores o administradores regidos por el párrafo tercero de las disposiciones transitorias de la Ley N° 20.903, en relación con su ingreso al Sistema de Desarrollo Profesional Docente.

La Coordinación Nacional de Subvenciones del Mineduc señaló que es necesario verificar la procedencia de los conceptos excluidos antes de incorporarlos al pago. El objetivo es resguardar la correcta aplicación de la normativa vigente y la entrega adecuada de recursos a cada colegio y, por ende, a cada docente. Una vez finalizada esta revisión, el Ministerio informará el criterio aplicable y, en caso de corresponder, se efectuarán las regularizaciones respectivas mediante los procesos de pago definidos para estos efectos.

Acciones Recomendadas para Colegios

Ante esta situación, el Ministerio de Educación ha solicitado a los sostenedores considerar la siguiente información al revisar su liquidación de subvenciones:

  • Revisar en detalle la liquidación de subvenciones de julio de 2026, verificando si los montos de Ley N° 19.410 y Desempeño Difícil Docente fueron incluidos.
  • No suspender el pago de la bonificación proporcional a sus docentes mientras se resuelve esta situación.

Se espera que el Mineduc entregue nuevas actualizaciones una vez concluida la verificación de los antecedentes.

Fuente oficial: Comunidad Escolar - Mineduc

Impacto para tu colegio

Los colegios ya pueden considerar que los montos de Desempeño Difícil Docente y Ley N° 19.410 sí serán pagados, esta vez por la Subsecretaría de Educación. Se recomienda revisar la liquidación complementaria cuando sea publicada y mantener el pago de la bonificación proporcional a los docentes.

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